El Colegio realizó algunas modificaciones al régimen de matriculación establecido en la resolución Nº 05/2020 durante el año pasado, que contemplaba las restricciones y los cambios en el accionar administrativo de las Universidades a partir de la pandemia por Covid-19.
A partir de la RESOLUCIÓN Nº03/2021 y considerando que la situación de emergencia Covid – 19 se mantiene y también la dilación en el otorgamiento de los títulos por parte de la Universidades, el Colegio decidió mantener en vigencia sus estipulaciones, introduciendo los siguientes cambios:
“ARTÍCULO 1º.- Reconocer con carácter excepcional como documentación académica suficiente para matricularse en este Colegio los certificados de culminación de carrera de grado o los certificados de título “en trámite”, extendidos por las Universidades Argentinas a los egresados “Terapistas o Terapeuta Ocupacional” o “Licenciado en Terapia Ocupacional”.
“ARTÍCULO 2º.- La dispensa de presentación del título de Terapistas Ocupacional y su sustitución por los certificados mencionados en el Artículo anterior que se autoriza por la presente para el trámite de matriculación regirá exclusivamente por el término que dure la Emergencia Sanitaria y las restricciones normativas dictadas en el marco de la Pandemia Covid -19.”
Ganadora Premio Estímulo | Primera edición 2025
Actualización de honorarios Julio 2025
Sorteo Premio Estímulo | Primera Edición 2025
Actualización de aranceles.
Convenio con La Asociación Argentina de Terapistas Ocupacionales.
PROYECTO DE LEY DE Emergencia Nacional en Discapacidad.
🧭 𝗘𝗻𝗰𝘂𝗲𝗻𝘁𝗿𝗼𝘀 𝗶𝗻𝗳𝗼𝗿𝗺𝗮𝘁𝗶𝘃𝗼𝘀 𝗽𝗮𝗿𝗮 𝗺𝗮𝘁𝗿𝗶𝗰𝘂𝗹𝗮𝗱𝗼𝘀/𝗮𝘀.
ENCUENTRO PARA MATRICULADOS | Sabado 29-3
INSTITUCIONAL | modificación de ley provincial N°9932 del Colegio de Terapistas Ocupacionales de E.R.
CONGRESO DE TERAPIA OCUPACIONAL EN SGO. DEL ESTERO | Convocatoria a formar parte del comité evaluador